SEGURO DE AUTOMOTORES
COBERTURA TOTAL PLUS PARA MOTOCICLETAS, TRICICLOS Y CUATRICICLOS
CONDICIONES GENERALES
DISPOSICIÓN GENERAL
La presente Póliza documenta el contrato entre Usted (en adelante “Asegurado” o
“Usted”) y Seguros Sura S.A. (en adelante “Asegurador”, “Aseguradora” o “Nosotros”),
que será vinculante para ambas partes conforme a la totalidad de sus Términos y
Condiciones y eventuales Endosos.
La Solicitud del seguro y toda Declaración, efectuadas por el Asegurado, la Póliza, sus
Condiciones Generales y Particulares y cualquier Endoso, vigentes, deben leerse en
forma conjunta, y considerarse un único documento. El Asegurador indemnizará al
Asegurado respecto a los siniestros conforme a la Póliza de Seguro contratado que se
establece en las Condiciones Generales y Particulares, y Endosos vigentes, en Uruguay,
Argentina, Brasil, Paraguay y Chile o cuando el Asegurado se encuentre en tránsito
entre cualquiera de dichos países durante el período del Seguro.
COMPRENSIÓN DE LA PÓLIZA
Las Condiciones Generales indican las Secciones y sus respectivas Cláusulas, así como
las cláusulas aplicables a más de una sección. Al seguro contratado le son aplicables las
“Condiciones Generales Aplicables a toda la póliza” y por lo tanto a todas las
Secciones, las “Exclusiones Generales aplicables a toda la póliza” y por lo tanto a todas
las Secciones, las Condiciones Particulares de la Póliza, y toda Condición Particular o
Endoso, vigentes, que refieran a la o las Sección/es correspondientes al Seguro
contratado.
En caso de discordancia entre las Condiciones Generales de la Póliza y sus Condiciones
Particulares, predominarán estas últimas.
Video. Elige un seguro de autos SURA
DEFINICIONES:
Asegurador/Aseguradora/Nosotros:
Seguros Sura S.A.
Asegurado/Usted
La Persona o Personas mencionadas como tal en las Condiciones Particulares.
Condiciones Particulares
La/s hoja/s de la Póliza que incluye/n detalles sobre el asegurado, el Vehículo
Asegurado, Secciones Aplicables, Prima, Restricciones de Uso del Vehículo Asegurado y
personas autorizadas a conducir el Vehículo Asegurado.
Cónyuge:
La persona con quien el Asegurado está legalmente casado
Período Asegurado:
El plazo de la presente Póliza
según se incluye en las Condiciones Particulares y cualquier período ulterior
por lo que el Asegurado acepte el pago de una prima.
Siniestro: Cualquier evento súbito no intencional que provoque la
muerte o lesiones en personas o daños a la propiedad.
Tercero: Cualquier persona distinta del Asegurado y/o Conductor y
de los Acompañantes en el Vehículo Asegurado. No obstante, no se consideran
terceros a efectos de este contrato, el cónyuge o concubino y/o los parientes
en línea recta o colateral hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad
o por vínculo de adopción del Asegurado y/o Conductor.
Valor Venal: Precio para el vehículo asegurado u otro de similares
características, al momento del siniestro, determinado por el consultor
especializado independiente que la aseguradora designe.
Vehículo Asegurado:
Vehículo indicado como tal en las Condiciones Particulares.
Deducible:
Importe especificado en las Condiciones Particulares por el cual el asegurado
asume su propio riesgo y es de cargo del asegurado
SECCIONES APLICABLES
AL SEGURO CONTRATADO
SECCIÓN CT. COBERTURA
CONTRA TERCEROS
1. Indemnización al
Asegurado
Nosotros indemnizaremos a Usted por su Responsabilidad Civil
extracontractual de acuerdo a las disposiciones especificadas en el Código
Civil hasta el monto de U$S 500.000 (dólares americanos quinientos mil) por:
a) La Muerte o lesiones corporales de un tercero;
b) Daños a bienes que resulten de un siniestro en el que
participe el vehículo asegurado
2. Indemnización a Otras Personas
Conforme a lo establecido en el Numeral 1., indemnizaremos
a:
a) Cualquier persona Autorizada para conducir de acuerdo con
las Condiciones Particulares y que conduzca el Vehículo Asegurado con permiso
del Asegurado.
b) Los herederos legales de cualquier persona fallecida
indemnizada por la presente Sección con respecto a las responsabilidades en que
haya incurrido dicha Persona.
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